El Estándar de Camiones Industriales Motorizados de OSHA requiere certificación.
29 CFR 1910.178 requiere que cada operador de montacargas esté entrenado y certificado — con entrenamiento de refresco cada tres años y después de cualquier accidente. Si el operador no estaba certificado, eso es una violación per se que apoya reclamos /241 y negligencia directa contra el empleador. Obtenemos los registros de certificación desde el día uno.