La Ley de Víctimas Infantiles de NY da a los sobrevivientes de abuso sexual infantil hasta los 55 años para demandar a su agresor — y a las instituciones que los protegieron. Sin honorarios. Sin presión. En completa confidencialidad.
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Promulgada el 14 de febrero de 2019, la Ley de Víctimas Infantiles (CVA) cambió fundamentalmente cómo trata Nueva York a los sobrevivientes de abuso sexual infantil. Por décadas, las víctimas tenían que demandar antes de los 23 años — cuando muchos todavía estaban procesando el trauma. La CVA extendió permanentemente ese plazo hasta los 55 años.
La ventana de recuperación especial está cerrada (2019-2021). Pero el plazo de prescripción permanente hasta los 55 años sigue en plena vigencia. Si tienes menos de 55 años y fuiste víctima de abuso sexual en Nueva York cuando eras menor, puedes tener un caso hoy.
La CVA realizó dos cambios separados y permanentes — uno para demandas civiles, otro para cargos penales.
Para presentar una demanda civil bajo la CVA actual (después del cierre de la ventana de recuperación), el sobreviviente debe cumplir los tres requisitos siguientes:
El plazo de prescripción permanente de la CVA corre hasta que el sobreviviente cumple 55 años. Si tienes 54 años y fuiste abusado de niño en NY, todavía puedes presentar un reclamo.
El abuso sexual debe haber ocurrido en el Estado de Nueva York. No importa dónde vives ahora — solo importa dónde ocurrió el abuso.
El abuso debe haber ocurrido cuando tenías menos de 18 años. Los sobrevivientes de abuso siendo adultos tienen recursos separados bajo la Ley de Adultos Sobrevivientes y otras leyes de NY.
Importante: Puedes demandar incluso si tu reclamo anterior fue desestimado por prescripción, incluso si el abuso ocurrió hace 20, 30 o más años, incluso si el agresor ha fallecido, e incluso si nunca reportaste el abuso a la policía.
La disposición más poderosa de la CVA es la responsabilidad institucional. Cualquier organización que empleó, supervisó o de otra manera tuvo control sobre el agresor puede ser responsable si debería haber conocido el riesgo o tomó medidas para encubrirlo.
Diócesis, parroquias, organizaciones de campamentos religiosos y cualquier institución religiosa que empleó o supervisó a un abusador. Cuatro diócesis de NY se declararon en quiebra tras la CVA.
Distritos escolares, escuelas privadas, academias y administradores que encubrieron el abuso o no tomaron medidas tras recibir quejas sobre un maestro, entrenador o empleado.
Hospitales, clínicas, instalaciones de salud mental y organizaciones médicas donde el abuso ocurrió o cuyos empleados fueron el agresor.
Agencias de hogares de crianza y el estado de NY (tras la expansión de 2024) donde colocaciones negligentes llevaron a abuso por cuidadores o en instalaciones.
Ligas deportivas, organizaciones de scouts, clubes de jóvenes, campamentos y actividades extracurriculares donde entrenadores, mentores o líderes cometieron abuso.
Instalaciones de detención juvenil, escuelas estatales y programas gubernamentales donde el abuso ocurrió bajo supervisión del estado. La extensión de 2024 confirma que el gobierno estatal puede ser demandado.
La consulta es gratuita y totalmente confidencial. Un abogado real revisará tu situación y te dirá con honestidad cuáles son tus opciones — sin presión, sin juzgarte, sin obligación.
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